Redacción CS|
Una resolución judicial condenó a la Dirección política del Partido Comunista de España, que encabeza en la actualidad su Secretario General, Enrique Santiago, a la readmisión de un grupo de militantes que habían sido expulsados de la organización, Según Santiago, los expulsados se dedicaron a «elaborar y difundir documentos en redes sociales en contra los acuerdos del Partido». Sin embargo, de acuerdo con la documentación que obra en nuestro poder, tal afirmación no responde en absoluto a la verdad (…).
REDACCIÓN CANARIAS SEMANAL
Una resolución judicial condenó a la Dirección política del Partido Comunista de España (PCE) a readmitir en sus filas a un grupo de militantes que habían sido expulsados de la organización acusados de «elaborar y difundir documentos en redes sociales en contra de los acuerdos del Partido».
Se trata de una novedosa resolución judicial de la que resulta difícil encontrar precedentes en los últimos cuarenta años de la historia del PCE, pese a que esta organización se ha caracterizado en el curso de las pasadas cuatro décadas por sus frecuentes litigios internos.
En efecto, el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Granada dictó un auto judicial que deja sin efecto la suspensión de militancia de un grupo de afiliados del PCE que habían sido expedientados en enero pasado.
En un escrito presentado en el Juzgado, la representación legal del PCE les acusó de elaborar y difundir documentos en redes sociales «contra los acuerdos del partido».
Según consta en los vigentes estatutos del PCE, la Comisión Política del Partido tiene, entre otras, las funciones de organizar el debate político, realizar el seguimiento del trabajo del Secretariado y convocar las reuniones del Comité Central. Este organismo está integrado por el Secretario General del Partido, -en la actualidad Enrique Santiago-, así como por los responsables de las secretarías y las áreas del Comité Central y los secretarios de las organizaciones territoriales.
La resolución judicial precisa igualmente que la Comisión Política del PCE vulneró el derecho fundamental de defensa en perjuicio de los expedientados al imponer la suspensión de militancia sin ofrecer motivos ni fundamento, todo ello en el marco de una demanda judicial presentada por los militantes afectados por vulneración de otros derechos fundamentales, como los de libertad de expresión, igualdad y no discriminación, asociación, participación política y tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 6, 14, 20, 22, 23 y 24 de la Constitución Española, en base a hechos y fundamentos de derecho ampliamente documentados.
De acuerdo con el citado Juzgado de Primera Instancia de Granada, la Comisión Política infligió los principios generales de seguridad jurídica y prohibición de la arbitrariedad, recurriendo a sofisticados mecanismos de censura y restricción democrática a la actividad política de la militancia expedientada. El hecho resulta particularmente grave porque las mismas normas estatutarias de la organización establecen claramente que en ningún caso las discrepancias en el debate político darán lugar por sí mismas a un expediente sancionador.
¿QUIÉNES SON LOS EXPULSADOS Y QUÉ DECÍAN DEFENDER?
Según la información que obra en poder de la Redacción de este digital, además de su militancia en el PCE los expulsados integraban una «Plataforma un Interna de Opinión» dentro de la misma organización, que reivindicaban la aplicación de los acuerdos del XX Congreso del PCE, que según ellos no se estaba cumpliendo.
De igual forma, la Plataforma de la que formaban parte, eran favorables a la apertura de «un proceso de reunificación de todos los comunistas del Estado español» en una sola organización.
En sus frecuentes y profusamente difundidos documentos, algunos de ellos publicados en este mismo digital y de los que nuestros lectores disponen de enlaces a pie de página, los expulsados del PCE se pronunciaban por la lucha de clases en defensa los intereses concretos e inmediatos de la clase obrera y de las demás capas populares. La Plataforma se manifestó reiteradamente también por la recuperación del sindicalismo de clase, frente al actual y hegemonico sindicalismo de pacto social y reformista. Un sindicalismo que ellos definían como necesariamente «asambleario, democrático, unitario» y ajenos a las presiones de la burguesía.
«INCORPORARNOS A LAS TAREAS DEL PARTIDO, SIN ATADURAS Y SIN REPRESALIAS».
Los militantes afectados han instado de forma reiterada a la dirección del Partido a que proceda al archivo de los los expedientes disciplinarios, para que sea les sea posible «ponerse a trabajar sin ataduras y sin represalias», de acuerdo con el derecho a la participación política a través de cauces democráticos que la legislación constitucional impone al funcionamiento de todos los partidos políticos. Ignoramos si la direccion de la organizacion que encabeza Enrique Santiago recurrirá a instancias judiciales superiores o aplicará una suerte de stand by que termine convirtiendo en inútil la reciente decisión judicial.
En la nota informativa que ha recibido la redacción de Canarias Semanal, y de la que nuestros remitentes omiten los nombres de los demandantes por exigencia de protección de datos, se adjunta el documento completo de la resolución judicial al que nuestros lectores pueden acceder pinchando aquí
ENLACES A LA DOCUMENTACIÓN DIFUNDIDA POR LA «PLATAFORMA» EN LOS ARCHIVOS ADJUNTOS
https://canarias-semanal.org/art/28234/condenan-al-pce-a-readmitir-a-un-grupo-de-militantes-que-habian-sido-expulsados-por-la-direccion