Reglas deben cambiar ante la enfermedad por Marien Aristy Capitán

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Marien Aristy Capitán

Si la Ley 87-01 es injusta en muchos aspectos, hay que apuntar a la génesis de una de sus sinrazones: el Código del Trabajo que, increíblemente, nos condena a no recibir dinero cuando nos enfermamos.

“La enfermedad contagiosa del trabajador o cualquier otra que lo imposibilite temporalmente para el desempeño de sus labores”, dice el ordinal 6 del artículo 51 del Código de Trabajo al establecer las “causas de suspensión de los efectos del contrato de trabajo”.

Si lo del Código es cruel, el subsidio que establece la Ley 87-01 para “subsanar” este yerro es inhumano: el artículo 131 indica que el subsidio por enfermedad no profesional del afiliado del Régimen Contributivo se otorgará a partir del cuarto día de la incapacidad hasta un límite de veinte y seis (26) semanas y será del 60% del salario cotizable de los últimos seis meses cuando reciba asistencia ambulatoria y 40% si la atención es hospitalaria.

Las reglas tienen que cambiar: el trabajador debería recibir su salario normal cuando esté de licencia médica para usar el subsidio en cubrir los gastos médicos. Pero ese subsidio debería ser del 60% en caso de hospitalización (hay más facturas que pagar) y 40% en atención ambulatoria. No sé quién se atreverá a plantear estos cambios pero tendría un voto seguro.

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