POR JAVIER TOURON
Quiero terminar el año del blog con una entrada referida a la ley de educación. Sobre la misma publiqué un artículo en un diario nacional que puede descargarse en el enlace del final. Aquí incluyo una versión ligeramente más larga que la de aquel artículo. También tiene una estructura un poco distinta, pero sustancialmente dicen lo mismo. Espero que mi reflexión sobre el particular os resulte de interés, en cualquier caso entiendo que debo hacerla. Aprovecho para desearos un año nuevo mejor que el anterior y con avances significativos para la educación.
«El sistema educativo de cualquier país es un elemento esencial para el desarrollo de sus ciudadanos y la construcción y vertebración social del mismo; afecta de modo directo a su economía, su nivel científico y cultural. Las leyes que lo regulan, y su estabilidad en el tiempo, son esenciales para evitar disfunciones, sobresaltos, gastos innecesarios y problemas de toda índole en los profesionales que a él dedican sus mejores esfuerzos, así como en los alumnos y sus familias. Un vistazo comparativo a otros sistemas y a sus resultados educativos así lo sugieren. Ello no implica que no se puedan, incluso deban, hacer ajustes menores que perfeccionen el sistema.
Dicho esto, y viendo el ruido mediático y social al que estamos asistiendo, me viene a la memoria aquella anécdota que se atribuye a un profesor de la Central de Madrid, cuando decía a sus alumnos: «Miren ustedes, la política lo estropea todo. Tomen sino la palabra más hermosa del diccionario: madre, pónganle política al lado, y se la habrán cargado».
Anécdotas aparte, que un país haya pasado por siete (ahora ocho) leyes educativas en un período de tiempo tan corto hace patente que tiene un serio problema; no solo educativo, sino también social. No es este un lugar para valoraciones estrictamente políticas, podría serlo, desde luego, pero no lo es. Sin embargo, sí es lugar para valoraciones educativas.
Hay algunas cuestiones de principio, de principio educativo, que son obvias a mi modesto entender, y que merecen ser destacadas ahora:
- Cualquier ley debe satisfacer a todos aquellos a los que pretende servir. Y su vocación debe ser la de respetar las opciones legítimas de todos, porque todos somos anteriores a las leyes que nos damos, por lo que se colige, inmediatamente, que ningún gobernante debe cercenar las libertades de los ciudadanos y su posibilidad de decidir cómo quieren organizar, en este caso, la educación de los suyos.
- Surge en un momento de zozobra nacional por la pandemia, haciendo que todo planteamiento educativo se vea interferido por una situación anormal, impidiendo una reflexión serena, sosegada, no ideológica.
- Una ley tiene que promover opciones, no imponer unas sobre otras, y ésta lo hace. Tiene unos claros ribetes de falta de respeto a posiciones diversas, por ejemplo, cuando pretende favorecer un sistema público (legítimo, claro) sembrando de dificultades, o simplemente imposibilitando, otras opciones educativas perfectamente lícitas de los ciudadanos (ilegítimo, por supuesto).
- Se arroga unos poderes de organización de la vida educativa de las personas y su desarrollo más propios de un país de economía planificada que de un país democrático.
- Se ignora, de facto, que la persona es antes que el Estado, y que las familias son anteriores a los centros educativos. Por tanto, el papel del Estado, entiendo yo, es subsidiario y debe realizarse en favor de todos los ciudadanos y sus legítimas opciones personales por muy diversas que sean, sin otro límite que el marco de las leyes superiores.
- Qué decir de la infiltración ideológica respecto a la perspectiva de género con la que, y desde la que, se pretende impregnar todo el desarrollo educativo y dar, desde ella, una explicación total de la persona. Cualquier enfoque que pretende dar una explicación total de las cosas es denominado, ordinariamente, totalitario.
- Se implanta un modelo de coeducación y pretende eliminarse otro que se etiqueta de «segregador», haciendo una clara manipulación del lenguaje, ignorando, por ejemplo, la sentencia del Tribunal Constitucional de 2018 en la que se señala que «la educación diferenciada por sexos no puede ser considerada discriminatoria» y que, por tanto, «no debe ser discriminada en la financiación pública siempre que cumplan con los criterios y requisitos que fijan las leyes». A este respecto ya se ha pronunciado algún otro tribunal suspendiendo cautelarmente el veto a la financiación de centros de educación diferenciada.
- Se ataca, sin hacerlo aparentemente, a la educación especial que se ha ido abriendo paso desde hace tantos años y que es atendida por profesionales de alta cualificación y especialización. No se comprende cómo se puede hablar de respeto a las personas y su desarrollo, de la excelencia, de la atención a la diversidad, para acabar promoviendo una inclusión y normalización que son, o pueden ser, lo contrario. Los centros educativos no están para promover la igualdad sino la diversidad, es decir, la equidad. Porque «es tan injusto tratar igualmente a los desiguales, como desigualmente a los iguales» (Aristóteles). La igualdad ex ante, como señalara Stuart Mill, es deseable, pues coincide con la igualdad de oportunidades, pero la igualdad ex post equivale a igualdad de resultados. «Pretender la igualdad ex post representa el final del desarrollo económico y social». Hay que promover la igualdad en el acceso, pero fomentar la diversidad en el resultado porque, obviamente, todos somos diversos. Toda diversidad debe ser atendida para que se pueda hablar de igualdad de oportunidades, de justicia. Por ello, términos como normalidad o inclusión deben ser aclarados pormenorizadamente.
- Una ley que pasa el filtro por un solo voto por encima de la mayoría en el Congreso de los diputados, que ignora a la comunidad educativa, que pretende tener políticos en los consejos escolares, que no pasa por el Consejo de Estado, hace sospechar una hegemonía (que siempre será temporal) del que gobierna, de lo público, sobre el gobernado y sus intereses…
Sin entrar en otros detalles técnicos, que darían para mucho, como la supresión de estándares de rendimiento, el enfoque de las evaluaciones de diagnóstico censales o muestrales según los cursos, el retorno a los ciclos en la primaria, la promoción de curso sin el dominio de cada asignatura (dominio que no se sabrá ya lo que es si no hay estándares, ni permitirá hablar de competencias), y otros muchos que haría este post tediosamente largo, parece claro que una ley como la que nos acecha [en el momento de publicar esto, ya aprobada] no es un buen augurio. Y por la contestación social y la de muchas organizaciones educativas a la que estamos asistiendo, hace sentir preocupación por un sistema educativo que necesita pluralismo y estabilidad, rigor y medios, formación y recursos, igualdad y equidad. Una ley que aplaude la mitad y abuchea la otra mitad no es una buena ley, se mire por donde se mire, y perjudica a los ciudadanos que esperan de sus gobernantes mejores soluciones. Una ley, verdaderamente educativa, tiene que permitir con flexibilidad opciones y enfoques diversos, que unos y otros deben contemplar, dado que todos los ciudadanos han de ver sus opciones respetadas, y no las de unos impuestas sobre las de los otros.
Y claro, no podía dejar de hacer un comentario sobre uno de los grupos a los que he dedicado una buena parte de mis esfuerzos: los alumnos con necesidades educativas específicas debido a su capacidad intelectual. Sobre este particular: «Nada nuevo bajo el sol». Una oportunidad perdida, una vez más, para apostar con seriedad por el desarrollo óptimo de todos los escolares y, por ello, de los más capaces, que no podrán alcanzar dicho desarrollo sin medidas específicas o con un enfoque igualitarista, como señalé en otras ocasiones. No es creíble que se hable de un modelo centrado en el alumno y de promover el talento o la excelencia, y sobre los más capaces se repita lo que ya se decía (y sistemáticamente se incumple). Así el Del capítulo II sobre la equidad de la educación leemos en los dos artículos que nos afectan ahora:
Artículo 76. Ámbito
Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades. Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuación, así como programas de enriquecimiento curricular adecuados a dichas necesidades, que permitan al alumnado desarrollar al máximo sus capacidades.
Artículo 77. Escolarización
El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para los alumnos con altas capacidades intelectuales, con independencia de su edad.
Estos artículos, que ya aparecían en leyes anteriores, ponen de manifiesto que no hay ningún plan de mejora de las condiciones educativas, escolares, de un grupo que incluye en torno al 10-15% de los estudiantes (más de ochocientos mil); mientras están identificados en España, según las propias cifras oficiales poco más de treinta y cinco mil. Esto, no siendo nuevo, es un motivo de preocupación. Si no nos ocupamos de potenciar el desarrollo del talento de todos nuestros escolares, desarrollo que tiene consecuencias directas para la mejora social y científica, ¿qué futuro nos espera? Ya he dicho en otras ocasiones que «los pueblos que no cultivan su talento acaban siendo colonizados por otros», o que «la fuga de cerebros comienza en la escuela»…
No, este no me parece el camino de servicio que cualquier ley debe buscar. Y es que mientras unos respetan que otros puedan tener visiones diversas, los otros tratan de imponer sus criterios a los unos. Todo un desacierto que, como siempre, acaba perjudicando a todos. Pero, particularmente, mucho más a los que menos tienen.